Nuevas reglamentaciones de cannabis en Argentina

Se incorporan las semillas de cáñamo al Código Alimentario Argentino y se regula el sector de trabajadores de cannabis 

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación informó que suma al Código Alimentario Argentino a las semillas de cáñamo, que ahora integran la categoría de «semillas comestibles». Tras una Resolución en conjunto con el Ministerio de Salud se autoriza a utilizar semillas de cáñamo para el uso alimentario de subproductos cómo harinas y aceites que contienen Cannabis sativa L.

El Secretario Juan José Bahillo destacó que «en este contexto histórico se nos presenta una oportunidad única de numerosas ramificaciones a través de un desarrollo inteligente y exitoso de la industria del cáñamo industrial-hortícola (Cannabis sativa L.). De hecho, el actual contexto global brinda importantes espacios para competir con calidad y excelencia mediante la producción de diversos productos derivados de este cultivo milenario».

Esta Resolución establece una modificación en el Artículo 917 donde autoriza para el uso alimentario y describe la especificidad de las semillas de cáñamo cómo semillas sanas, limpias y bien conservadas de las distintas variedades de la especie vegetal Cannabis Sativa L y que no expresan más de 1% THC.

Esta normativa se desarrolla tras la investigación y trabajo de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) que avanza en el estudio y desarrollo del marco regulatorio de alimentos, para incorporar al Cannabis sativa L y sus productos derivados en el Código Alimentario Argentino (CAA). En la misma se incorpora al CAA la «harina de semilla de cáñamo» que es la proveniente de la molienda de la torta de semillas de cáñamo autorizadas y que serán clasificadas cómo desgrasada o parcialmente desgrasada. También se incorpora el aceite de semillas de cáñamo que se obtiene de las distintas variedades de semilla de Cannabis Sativa L y que son previamente autorizadas por el CAA.

En el ámbito del uso industrial – hortícola, el cáñamo se cultiva en numerosos países por varios motivos: la diversidad de productos que se obtienen, su bajo impacto ambiental, su amplia adaptación a los suelos, el bajo costo de siembra, su resistencia a la sequía, la posibilidad de intercalar con otros cultivos y que brinda doble cosecha por temporada.

Trabajadores del cáñamo unidos

Se aprobó la categoría de los trabajadores del cáñamo y la cannabis industrial La Comisión Nacional De trabajo Agrario, mediante la Resolución 273/2023, resolvió que se incluya la actividad cáñamo para uso industrial y cannabis para uso medicinal, en el ámbito de todo el país, dentro de las actividades cuyos salarios y condiciones laborales se tratan dentro de la Comisión Nacional De Trabajo Agrario.

 “En tal sentido, es menester que la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO se avoque a la regulación de la actividad, dentro del marco de sus facultades, en razón de que la misma se lleva a cabo en un ámbito rural, en los términos del artículo 6° de la Ley N° 26.727”, expresa el comunicado.

A su vez, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial “aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria”.

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